Ante la eventualidad de necesitar la asistencia médica en domicilio pueden presentarse cuatro alternativas:
- Emergencia: se denomina así a toda situación a la que, de no mediar asistencia inmediata y calificada, se pone en peligro la vida, los órganos y/o funciones vitales.
- Urgencia: se denomina así a toda situación en la que, no habiendo riesgo inminente para la vida, el paciente debe ser asistido en un tiempo relativamente rápido (minutos u hora); a fin de evitar un deterioro progresivo y complicaciones graves.
- Visita médica a domicilio: se denomina así a las situaciones que, por las características del síntoma y/o afección, no se requiere asistencia inmediata; pero impide al paciente trasladarse a un consultorio o centro asistencial.
- Traslados programados en ambulancia: este tipo de asistencia esta a disposición de aquellos pacientes que deben concurrir a un Centro de Diagnóstico o Tratamiento y que, por su afección, se encuentran imposibilitados de movilizarse por otros medios según médica expresa.
En el caso de las urgencias y las visitas a domicilio usted deberá abonar un copago en el momento de la visita realizada.
En el caso de traslados programados los mismos deben ser autorizados por la Auditoría Médica de OSMECON SALUD